5 de agosto de 2011

Iván Cullen explicó porqué “Del Frade tiene razón”

El abogado constitucionalista sostuvo por LT10 que en el momento que se derogó la ley de lemas y se dictó la ley de primarias abiertas, quedó sin efecto la ley 9280. “El artículo 32 de la Constitución provincial no pone ningún piso”, agregó.
“Creo que Carlos Del Frade tiene razón. Lo que no se está teniendo en cuenta en este caso es que en el 2005 se derogó la ley de lemas y se aplicó un sistema de primarias para elegir candidatos. En estas primarias se requiere un piso del 3% de los votos afirmativos válidos. Luego, se pasa a la elección de distribución de cargos. En mi criterio, en la elección general no hay piso”, aseguró a LT10 el abogado constitucionalista Iván Cúllen.

El letrado agregó que “la ley 9280 que se dictó en el año 1983 antes de la elección presidencial  fue una norma de facto. Hay una doctrina sobre la legislación de facto que fue configurando al Corte Suprema Nacional. La legislación de facto pasó de la continuidad a la caducidad. Y luego se pasó a una tercera instancia que es la continuidad con vigencia efectiva. Las leyes de facto valen en la medida que hayan sido aceptadas por los jueces, el Ejecutivo y la Legislatura”.

“Pero además, esta doctrina determina que las leyes de facto que tienen como finalidad favorecer un proceso electoral de transición hacia la democracia agotan su cometido en el momento que se cumplió el mismo. Como la legislación de facto tiene un origen espurio tiene una legitimidad precaria. La legislación de facto no tiene presunción de legitimidad”, subrayó el abogado constitucionalista.

Consultado sobre por qué se la utilizó en 5 elecciones, Iván Cúllen manifestó que “cuando se derogó la ley de lemas y se dicta la ley de primarias abiertas, queda sin efecto la ley 9280. Además, el artículo 32 de la Constitución provincial no pone ningún piso. Más aún, en Diputados, busca que en la minoría haya la mayor representación posible sobre el espectro ideológico que pueda tener la provincia”.

Fuente: http://www.diariocruzdelsur.com.ar

0 comentarios: